Reglamento de la unidad de cumplimiento del Grupo Itínere
La Unidad de Cumplimiento, es un órgano colegiado de carácter interno y permanente de la Sociedad, responsable de la toma de decisiones que desde el Área de Cumplimiento se le hagan llegar, según su Reglamento de funcionamiento, para lo que tiene atribuidas amplias competencias, autonomía e independencia de actuación siendo además, y a través de su Presidente, el órgano de información al Consejo de Administración y la Alta Dirección.
Su objeto es regular dentro del desarrollo de la Función de Cumplimiento, en aplicación de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración de la Sociedad, la actividad de la Unidad de Cumplimiento, como órgano colegiado de carácter interno y permanente de la Sociedad responsable de la toma de decisiones relativas al Programa de Cumplimiento Normativo.